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Seguros

El seguro de impago de alquiler se dispara: qué cubre, cuánto cuesta y a quién protege de verdad

Con la oferta de alquiler permanente cayendo un 10% y los propietarios cada vez más precavidos, el seguro de impago se ha convertido en requisito habitual para firmar un contrato. Repasamos qué cubre, qué cuesta y qué deben mirar casero e inquilino.

12 de octubre de 2026•6 min de lectura
Seguro de impagoAlquilerPropietariosInquilinos

Fuente: idealista (oferta de alquiler, tercer trimestre 2026) y comparativas de aseguradoras.

Claves rápidas

El seguro de impago suele costar entre el 3% y el 5% de la renta anual: unos 430-720 euros en un piso de 1.200 euros mensuales, a veces pagado por el casero y cada vez más trasladado al inquilino.

  • La tensión del mercado dispara los filtros: la oferta permanente cae un 10% anual y el alquiler de temporada ya es el 34% del mercado, señal de propietarios que se protegen.
  • La póliza típica cubre de 6 a 12 mensualidades de impago, la defensa jurídica del propietario y en algunos casos los daños ocasionados por el inquilino.
  • No es obligatorio por ley, pero el mercado lo impone: muchos propietarios lo exigen junto a la fianza de un mes que marca la LAU.

Por qué ahora todo el mundo lo pide

La fotografía del mercado lo explica: cada vez hay menos viviendas para alquiler estable —caídas de más del 30% en ciudades tensionadas— y el propietario que sí saca su piso quiere blindarse ante un proceso de desahucio que en España puede alargarse más de un año.

Para el inquilino, la consecuencia es una entrevista más dura: nómina, contrato indefinido, solvencia acreditada y, con frecuencia, la exigencia de que el propietario contrate un seguro de impago que el inquilino aprueba pasando el análisis de riesgo de la aseguradora.

Qué cubre de verdad y qué queda fuera

La cobertura básica paga las mensualidades impagadas durante un número limitado de meses —habitualmente entre 6 y 12— y asume los costes de reclamación judicial del desahucio. Las pólizas más completas añaden daños por vandalismo del inquilino y defensa frente a conflictos del contrato.

La letra pequeña importa: muchas pólizas aplican una carencia inicial (los dos o tres primeros meses de impago no se cubren), excluyen a inquilinos sin nómina acreditable y no pagan desperfectos por uso normal de la vivienda, solo daños dolosos.

Tips express

  • Compara al menos tres aseguradoras: por la misma renta la prima puede variar más de un 30% según coberturas y carencias.
  • Mira el número de mensualidades cubiertas y la carencia, no solo el precio: una póliza barata que paga seis meses desde el cuarto de impago deja poco margen real.

Quién lo paga y qué dice la ley

La LAU exige fianza de un mes y permite garantías adicionales si se pactan, sin que la ley obligue al seguro. En la práctica, lo habitual es que lo pague el propietario —es su riesgo el que se cubre— aunque en mercados tensionados cada vez más contratos lo repercuten al inquilino o lo encarecen en la renta.

Para el casero, comparar la prima con el riesgo es un cálculo sencillo: entre el 3% y el 5% de la renta anual frente a un año de procedimiento y meses sin cobrar. Para el inquilino, el seguro puede ser la llave que le abra un piso que de otro modo no conseguiría.

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